El bufete
Años de experiencia:
Filosofía del bufete:
integridad, la profesionalidad y el compromiso
Somos un equipo de:
Nuestros principales clientes son:
Idiomas:
Servicios:
Áreas de especialización:
dereco hereditario y sucesorio, derecho de familia, derecho inmobiliario, responsabilidad civil, derecho mercantil, derecho penal, derecho administrativo.
Destacamos por:
Nos distingue el trato personal, directo y cercano con el cliente, a quien se informa puntualmente del estado y evolución del asunto encomendado.
Consulta y atención:
Presencial
Telefónica
Por correo electrónico
Horario:
De las 10 a 14 horas y de las 17 a las 20 horas.
Página web
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Descripción
Con una trayectoria de más de 10 años en su actual ubicación, Muñoz de Morales Abogados , despacho que dirige D. José Ramón Ruiz Muñoz de Morales, está constituido por letrados de sólida formación y experiencia en las áreas de su especialización. Y si algo ha caracterizado y define hoy esta firma es el compromiso de ejercer la abogacía sobre las bases de la integridad, la profesionalidad y, muy particularmente, por el objetivo de proporcionar al cliente una atención personalizada y de calidad.
Nuestra vocación de excelencia , sin embargo, no nos convierte en un bufete reservado y concebido para una élite, puesto que dirigimos nuestros servicios al ciudadano común, con los problemas que le acucian cotidianamente, así como a aquellas empresas que nos presten su confianza.
Actuamos no sólo en Madrid capital y su provincia, sino en cualquier punto de España y ante cualquier Juzgado o Tribunal del territorio nacional.
Actuamos tanto en el ámbito del asesoramiento jurídico extrajudicial como en el de la defensa letrada en procedimientos judiciales dentro de las siguientes áreas :
1) Derecho Civil: Contratos civiles de todas clases, Reclamación judicial por incumplimiento de contratos. Reclamaciones por acoso y daño moral o por la lesión de los derechos a la intimidad, el honor y la propia imagen.
2) Derecho matrimonial y Derecho de Familia: Divorcios. Separaciones. Liquidación de la sociedad de gananciales. Modificación y Ejecución de medidas definitivas. Exequatur de Sentencias extranjeras. Parejas de hecho. Incapacitaciones y Tutelas. Filiación y paternidad. Etc.
3) Herencias y Sucesiones: Reclamaciones judiciales de derechos hereditarios (legitimas, legados, cónyuge viudo, etc). Particiones de herencia. Juicios de Testamentaria y abintestato (división de patrimonios hereditarios). Escrituras de manifestación y adjudicación de herencia, Liquidación del Impuesto de Sucesiones e inscripción de las adjudicaciones en el Registro de la Propiedad.
4) Responsabilidad Civil: Accidentes de tráfico. Defectos de Construcción. Errores y negligencias médicas. Accidentes laborales. Productos defectuosos.
5) Impagados y toda clase de reclamaciones de cantidad o indemnizaciones.
6) Derecho Penal: toda clase de procedimientos por delitos y faltas o violencia de género.
7) Derecho Inmobiliario: Comunidades de Propietarios y Urbanizaciones Privadas. Defectos de Construcción de viviendas o de otros inmuebles. Arrendamientos y desahucios. Expedientes de dominio, servidumbres y otras cargas. Tercerías de dominio y de mejor derecho, etc.
8) Registro de la Propiedad: Declaraciones de obra nueva. Excesos y disminución de cabida. Agrupaciones y segregaciones. Embargos.
9) Sociedades y Derecho mercantil: Constitución, modificación, transformación, disolución y liquidación de sociedades. Juicios Cambiarios. Contratos mercantiles.
10) Contencioso-administrativo y Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Recomendaciones
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